Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma Fimaki

El presente documento establece los Términos y Condiciones aplicables a las inversiones realizadas a través de la plataforma digital FIMAKI y, para todos los efectos legales, constituye también el Reglamento de Participación del esquema de inversión en facturas negociables administrado por FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C.

En este documento intervienen dos entidades que integran Grupo FIMAKI:

  • FIMAKI FACTORING S.A.C.: empresa inscrita en el Registro de Empresas de Factoring no comprendidas en el ámbito de la Ley N.° 26702 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Actúa como primer tomador de las facturas negociables y, en los casos que corresponda, ejecuta el mecanismo de compra de cartera.
  • FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C.: sociedad administradora del Fondo de Inversión Privada FIMAKI – Inversión Directa en Facturas. Es responsable de la estructuración, publicación, administración operativa, gestión de cobranza y la relación con los Partícipes.

El presente documento cumple una doble función: regula el uso de la Plataforma (en calidad de Términos y Condiciones de uso) y regula la relación de inversión entre los Partícipes y la Gestora (en calidad de Reglamento de Participación). Ambas funciones se complementan y se aplican de manera integral.

Artículo 1.- Naturaleza del Fondo

El Fondo de Inversión Privada FIMAKI – Inversión Directa en Facturas (en adelante, el “Fondo”) es un mecanismo de inversión privada administrado por FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C. (en adelante, “la Gestora” o “FIMAKI”), que permite a los inversionistas de la Plataforma FIMAKI invertir directamente en facturas negociables publicadas en dicha Plataforma.

El Fondo opera bajo la modalidad de oferta privada y no se encuentra sujeto a supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). No obstante, FIMAKI FACTORING S.A.C. se encuentra registrada ante la SBS como empresa de factoring, y ambas entidades del Grupo FIMAKI son sujetos obligados a reportar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) en materia de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, conforme al Decreto Supremo N.° 008-2025-JUS. Por tanto, el capital invertido no se encuentra protegido por los fondos de garantía ni de seguro de depósito regulados por la SBS.

Artículo 2.- Objeto del Fondo

El Fondo tiene por objeto invertir exclusivamente en facturas negociables publicadas en la Plataforma FIMAKI. Estas facturas son adquiridas previamente por FIMAKI FACTORING S.A.C. en su calidad de primer tomador, quien mantiene la titularidad registral operativa de las mismas por razones de carácter técnico y legal, en beneficio de los Partícipes.

Las inversiones se realizan factura por factura, sin conformar portafolios colectivos ni esquemas de inversión conjunta entre los Partícipes.

Artículo 3.- Vigencia del Fondo

El Fondo tendrá una duración indefinida, pudiendo ser liquidado en cualquier momento conforme a lo establecido en el presente Reglamento. En cuyo caso FIMAKI notificará a todos los Partícipes con una anticipación mínima de treinta (30) días calendario mediante comunicación al correo electrónico registrado en la Plataforma.

La liquidación no afectará las inversiones vigentes, las cuales continuarán hasta su vencimiento natural. Los saldos disponibles no invertidos al momento de la liquidación serán devueltos al Partícipe en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha efectiva de liquidación.

Artículo 4.- Administración

La administración del Fondo estará a cargo de FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C., quien actúa por cuenta y riesgo de los Partícipes.

La Gestora es responsable de la estructuración, publicación, administración operativa, gestión de cobranza, información y atención relacionada con las inversiones realizadas a través del Fondo. Para el cumplimiento de sus funciones, la Gestora coordina con FIMAKI FACTORING S.A.C. en todo lo relativo a la titularidad, registro y gestión de las facturas negociables.

Artículo 5.- Partícipes

Sólo podrán ser Partícipes del Fondo las personas naturales que actúen de forma individual y que utilicen la Plataforma FIMAKI. No podrán ser Partícipes las personas jurídicas ni aquellas personas naturales que actúen en representación de terceros, salvo que FIMAKI autorice expresamente lo contrario mediante comunicación escrita.

Para que una persona natural adquiera la condición de Partícipe del Fondo deberán concurrir de manera conjunta los siguientes elementos:

  1. Contar con una cuenta activa en la Plataforma FIMAKI.
  2. Haber realizado un depósito de fondos a través de los medios habilitados en la Plataforma.
  3. Haber efectuado, al menos, una inversión en alguna factura publicada en la Plataforma FIMAKI.

La condición de Partícipe se adquiere únicamente cuando se verifiquen los tres elementos antes señalados.

La aceptación del presente Reglamento se entiende realizada de manera expresa al momento de efectuar la primera inversión correspondiente.

Artículo 6.- Proceso de Registro e Identificación

Al momento de registrarse en la Plataforma, el usuario deberá proporcionar información veraz, actual y completa para su identificación, conforme a los requerimientos del proceso de conocimiento del cliente (KYC) implementado por FIMAKI. En cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Decreto Supremo N.° 008-2025-JUS, FIMAKI podrá solicitar documentación adicional en cualquier momento para el cumplimiento de su programa de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT).

FIMAKI se reserva el derecho de rechazar el registro de cualquier usuario o de suspender y cerrar la cuenta de un Partícipe que no cumpla con los requisitos de identificación establecidos, sin que ello genere responsabilidad alguna para FIMAKI.

El Partícipe es responsable de mantener actualizados sus datos de contacto, correo electrónico y cuenta bancaria registrados en la Plataforma, por lo que FIMAKI no será responsable por las consecuencias derivadas del incumplimiento de esta obligación.

Artículo 7.- Cuotas del Fondo

La participación en el Fondo se representa mediante cuotas, las cuales corresponden al monto invertido por cada Partícipe en una o más facturas.

El monto mínimo de inversión por factura será informado en la Plataforma y podrá ser modificado por FIMAKI con comunicación previa a los Partícipes.

Artículo 8.- Depósito de Fondos

Para poder invertir en la Plataforma, el Partícipe deberá previamente realizar un depósito de fondos a las cuentas bancarias habilitadas por FIMAKI, las cuales serán informadas en la Plataforma.

Los depósitos se validan dentro del horario de atención (lunes a viernes, de 08:00 a.m. a 07:00 p.m., hora de Lima). Los depósitos realizados fuera de este horario serán procesados al día hábil siguiente, dentro del mismo horario.

El dinero depositado por el Partícipe que aún no ha sido invertido en una factura se mantendrá disponible en la plataforma. Este saldo (en adelante, “Saldo Disponible”) no constituye un depósito bancario, no devenga intereses y podrá ser retirado por el Partícipe en cualquier momento.

FIMAKI reconoce los depósitos realizados únicamente a través de los canales autorizados. En caso de depósito a una cuenta no autorizada o mediante un canal no habilitado, FIMAKI no será responsable por la pérdida de fondos.

Artículo 9.- Suscripción de Cuotas

La suscripción de cuotas se realiza exclusivamente a través de la Plataforma FIMAKI, mediante la aceptación expresa de las condiciones particulares de cada factura y del presente Reglamento. Cada inversión efectuada por el Partícipe constituye una suscripción independiente de cuotas vinculada exclusivamente a la factura en la que se invierte.

La inversión no requiere la emisión de certificados físicos ni digitales. La operación queda acreditada mediante el registro electrónico de la inversión en la Plataforma FIMAKI, el cual constituye constancia suficiente y prueba plena de la operación realizada.

Artículo 10.- Inversión Total o Parcial en una Factura

Las facturas publicadas en la Plataforma FIMAKI pueden ser financiadas de manera total o parcial, dependiendo del monto requerido y de las inversiones realizadas por los Partícipes.

Cuando una factura es financiada por más de un Partícipe, cada uno invierte en una parte proporcional de dicha factura de acuerdo con el monto que haya decidido invertir. Esta participación proporcional representa el derecho económico del Partícipe sobre los flujos de cobro de la factura y los rendimientos que esta genere.

Artículo 11.- Titularidad de las Facturas

Para efectos operativos y de registro, la titularidad de las facturas negociables será mantenida a nombre de FIMAKI FACTORING S.A.C., quien actúa como primer tomador de las mismas.

La gestión de cobranza y demás acciones relacionadas con la factura se realiza por encargo de FIMAKI Gestora de Fondos Privados S.A.C., manteniendo a los inversionistas permanentemente informados a través de la plataforma.

Esta estructura obedece a razones técnicas y legales: permite el registro ante CAVALI, la ejecución del protesto en caso de impago, la ejecutabilidad de los títulos valores asociados y el ejercicio eficiente de las acciones de cobranza.

La titularidad de FIMAKI FACTORING S.A.C. no altera en modo alguno los derechos económicos de los Partícipes, los Partícipes son los titulares económicos de los derechos de cobro derivados de las facturas en la proporción que les corresponde, y los rendimientos obtenidos son distribuidos a los Partícipes conforme a dicha participación proporcional.

Artículo 12.- Encargo de Gestión y Cobranza

Al realizar una inversión a través de la Plataforma FIMAKI, el Partícipe encarga de manera expresa a FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C. y a FIMAKI FACTORING S.A.C. la realización de todas las gestiones necesarias para la adecuada administración de su inversión.

Este encargo comprende, entre otras, las labores de administración, seguimiento, cobranza, negociación, recompra, defensa del crédito, comunicaciones con el pagador, así como cualquier otra acción que resulte necesaria o conveniente para procurar el retorno del capital invertido y la obtención de los rendimientos correspondientes.

El Partícipe reconoce que dichas gestiones se realizan en su beneficio, de acuerdo con las condiciones de la inversión aceptadas en la Plataforma, y autoriza expresamente a FIMAKI a ejecutar dichas acciones sin necesidad de autorizaciones adicionales.

El presente encargo no constituye una lista cerrada de facultades y se extiende a todas las acciones razonablemente necesarias para la correcta ejecución de la inversión.

FIMAKI no garantiza el cobro total o parcial de las facturas, la existencia del encargo de gestión no implica una obligación de resultado por parte de FIMAKI, sino de medios. FIMAKI actuará con diligencia y buena fe para maximizar la recuperación, pero no asume responsabilidad por el incumplimiento de los pagadores.

Artículo 13.- Distribución de los Cobros

Cuando el pagador efectúe el pago de una factura, los fondos serán recibidos por FIMAKI y redistribuidos a los Partícipes en la proporción que les corresponde, en el plazo informado en la Plataforma. Los importes abonados al Partícipe podrán ser ajustados en los siguientes casos:

  1. Pago anticipado por el pagador: la rentabilidad se calculará sobre el plazo efectivo transcurrido desde la fecha de cierre de la inversión hasta la fecha de pago efectivo, a la tasa acordada.
  2. Descuentos por gestión de cobranza extrajudicial o judicial: cuando los costos de dicha gestión no puedan ser cubiertos por los pagos recibidos de los pagadores, podrán ser descontados de los montos a distribuir al Partícipe correspondiente, en la proporción que le corresponda.
  3. Pago con mora sin intereses compensatorios: en caso la factura sea pagada con mora y el pagador no hubiese efectuado el pago de los intereses correspondientes al periodo de retraso, FIMAKI podrá ajustar los importes a abonar al Partícipe, de modo que la rentabilidad se calcule considerando únicamente los intereses efectivamente percibidos por dicho periodo de mora.
  4. Retenciones tributarias: conforme a lo establecido en el Capítulo X del presente Reglamento.

Artículo 14.- Inversión con Riesgo Crediticio

Bajo esta modalidad, el Partícipe acepta la tasa de rentabilidad publicada en la Plataforma asumiendo íntegramente el riesgo de incumplimiento del pagador de la factura. En caso de impago, FIMAKI iniciará las gestiones de cobranza descritas en el Artículo 12 de manera profesional, diligente y conforme a las mejores prácticas del sector.

Se entenderá que existe incumplimiento del pagador cuando, transcurridos los plazos legales para el pago de la factura, este no hubiera abonado el importe adeudado.

Artículo 15.- Inversión con Mecanismo de Mitigación de Riesgo Crediticio

Bajo esta modalidad (identificada en la Plataforma como inversión con “Pago Garantizado” o equivalente), el Partícipe acepta una tasa distinta de rentabilidad informada en la Plataforma sin asumir el riesgo crediticio, es decir, FIMAKI protege a los Partícipes frente al riesgo crediticio de las operaciones, manteniendo a estos indemnes respecto de las pérdidas derivadas del impago del pagador de la factura dentro de los plazos establecidos, activándose automáticamente el mecanismo de compra de cartera.

Lo anterior no implica la eliminación de todos los riesgos inherentes a la inversión ni constituye una garantía absoluta de resultados futuros. Los riesgos de mercado, regulatorios, operativos, de liquidez y de fuerza mayor, así como aquellos derivados de circunstancias sistémicas o extraordinarias, continúan existiendo y son administrados mediante una gestión profesional, diligente y conforme a las mejores prácticas del sector.

Artículo 16.- Plazo de las Inversiones

El plazo de cada inversión estará determinado por la fecha de vencimiento de la factura o, en su defecto, por la fecha efectiva de pago por parte del pagador.

Artículo 17.- Valorización

Las inversiones se valorizan en función del capital invertido, la tasa de rentabilidad aceptada y el plazo efectivo de la inversión. En el caso de pago anticipado por parte del pagador, la rentabilidad se calculará sobre el plazo efectivamente transcurrido.

Artículo 18.- Ganancias de los Partícipes

Las ganancias de los Partícipes corresponden a los intereses generados por cada factura en la que hayan invertido, descontadas las comisiones y gastos aplicables conforme a las condiciones aceptadas al momento de la inversión.

Las inversiones podrán realizarse bajo dos modalidades:

  1. Inversiones con riesgo crediticio, en las cuales el Partícipe asume el riesgo de incumplimiento del pagador de la factura.
  2. Inversiones con Mecanismo de Mitigación de Riesgo Crediticio, en las cuales, FIMAKI protege a los Partícipes frente al riesgo crediticio de las operaciones, manteniendo a estos indemnes respecto de las pérdidas derivadas del impago del pagador de la factura dentro de los plazos establecidos.

La tasa de rentabilidad publicada en la Plataforma corresponde a la tasa neta que recibe el Partícipe; es decir, el rendimiento efectivo después de deducidas las comisiones de FIMAKI. La retención de impuestos conforme al Capítulo X tampoco afectará la tasa ofrecida y aceptada.

Artículo 19.- Retiro del Saldo Disponible

El Partícipe podrá solicitar el retiro total o parcial de su Saldo Disponible (fondos depositados no invertidos o rendimientos acreditados) en cualquier momento, a través de los canales habilitados en la Plataforma, ante lo cual FIMAKI procederá a efectuar la transferencia a la cuenta bancaria registrada por el Partícipe.

Las transferencias de retiro solo se efectuarán a cuentas bancarias de titularidad del propio Partícipe. No se realizarán depósitos a cuentas de terceros, por lo que cualquier cuenta bancaria registrada en la Plataforma que no corresponda al mismo titular de la cuenta de usuario no será válida para efectos de retiros y no será atendida por FIMAKI.

Artículo 19-A.- Correcciones por errores operativos

En caso FIMAKI, por error operativo, tecnológico o de registro, acredite en la cuenta del Partícipe montos que no le correspondan (incluyendo saldos disponibles adicionales, rendimientos indebidamente calculados o cualquier otro abono en exceso), FIMAKI estará facultada a revertir total o parcialmente dichos montos y a efectuar los cargos compensatorios que resulten necesarios en la cuenta del Partícipe, hasta por el importe del error.

FIMAKI informará al Partícipe, a través de los canales de comunicación registrados en la Plataforma, los detalles de la corrección efectuada, indicando el concepto, el importe y la fecha de la operación. La reversión de montos indebidamente acreditados no generará derecho a indemnización alguna a favor del Partícipe.

Artículo 20.- Cierre Voluntario de Cuenta

El Partícipe podrá solicitar el cierre de su cuenta en FIMAKI en cualquier momento, comunicándolo a través de los canales de atención habilitados. El cierre de cuenta procederá únicamente cuando no existan inversiones vigentes ni saldos pendientes de liquidación.

Artículo 21.- Suspensión o Cierre de Cuenta por FIMAKI

FIMAKI podrá suspender o cerrar la cuenta de un Partícipe, de pleno derecho y a su solo criterio, en cualquiera de los siguientes casos:

  1. Cuando el Partícipe proporcione información falsa, incompleta o desactualizada al momento del registro o durante la vigencia de su cuenta.
  2. Cuando el Partícipe incumpla las obligaciones establecidas en el presente Reglamento o en la normativa aplicable.
  3. Cuando existan indicios de operaciones inusuales o sospechosas que activen los protocolos PLAFT de FIMAKI, conforme a las obligaciones establecidas por el D.S. N.° 008-2025-JUS.

Durante el período de suspensión, FIMAKI continuará cumpliendo con sus obligaciones respecto de las inversiones vigentes e informará al Partícipe sobre el estado de las mismas cuando este lo solicite.

Artículo 22.- Comisiones de FIMAKI

La tasa de rentabilidad publicada en la Plataforma es la tasa neta que recibe el Partícipe. Las comisiones de FIMAKI por administración, originación y gestión ordinaria son absorbidas por la empresa y no se descuentan adicionalmente del rendimiento informado al Partícipe.

No obstante, FIMAKI podrá cobrar las siguientes comisiones adicionales, las cuales serán informadas previamente en la Plataforma:

  • Comisión por gestión de cobranza extrajudicial o judicial: en los casos en que los costos de dicha gestión no puedan ser cubiertos por los pagos recibidos de los pagadores, FIMAKI podrá descontarlos de los montos a distribuir al Partícipe, conforme al Artículo 13.

Cualquier modificación en la estructura de comisiones será notificada al Partícipe con una anticipación mínima de siete (7) días hábiles antes de su entrada en vigencia, y no afectará las inversiones ya realizadas.

Artículo 23.- Tratamiento Tributario y Retenciones

Las inversiones realizadas a través del Fondo están sujetas a la normativa tributaria vigente en la República del Perú. Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del Partícipe, FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C. actúa como agente de retención y se encarga de:

  1. Retener, cuando corresponda, los impuestos aplicables sobre las rentas generadas por las inversiones.
  2. Declarar dichos impuestos ante la SUNAT, conforme a ley.
  3. Emitir al Partícipe el certificado de retención o constancia tributaria correspondiente, cuando resulte aplicable.

De esta manera, el Partícipe no necesita realizar cálculos tributarios complejos ni efectuar pagos directos, sin perjuicio de las obligaciones que pudieran corresponderle según su situación particular.

Artículo 24.- Tasa de Rentabilidad Neta

La tasa de rentabilidad publicada en la Plataforma FIMAKI corresponde a la tasa neta de la operación, es decir, a la rentabilidad efectiva que recibe el Partícipe después de deducidos los impuestos aplicables. En consecuencia:

  1. La tasa aceptada por el Partícipe es la tasa final, no sujeta a descuentos adicionales por concepto de impuestos.
  2. FIMAKI, como agente de retención, realizará las retenciones que correspondan sin afectar la tasa ofrecida y aceptada.
  3. La retención de impuestos no se considerará una reducción de la tasa pactada ni generará derecho a reclamo alguno por parte del Partícipe.

En adición a lo anterior, la tasa de rentabilidad publicada en la Plataforma FIMAKI corresponde a una tasa efectiva, y no a una tasa nominal, incorporando el efecto de la capitalización de los intereses durante el período de la inversión. Los intereses se calcularán aplicando dicha tasa efectiva sobre el capital invertido, conforme al plazo de cada operación y a las reglas de cálculo establecidas en el presente Reglamento.

Artículo 25.- Obligaciones Tributarias Adicionales

Sin perjuicio de las retenciones realizadas por FIMAKI como agente de retención, el Partícipe es responsable de verificar y cumplir con las obligaciones tributarias adicionales que pudieran corresponderle según su situación particular ante la SUNAT. FIMAKI no asume responsabilidad por las obligaciones tributarias propias del Partícipe que excedan el alcance de la retención efectuada.

Artículo 26.- Información en la Plataforma

FIMAKI pondrá a disposición de los Partícipes, a través de la Plataforma, información actualizada sobre:

  1. Estado de las inversiones activas y vencidas.
  2. Historial de pagos de cada operación.
  3. Score o calificación de riesgo de la operación.
  4. Tasas de rentabilidad ofrecidas.
  5. Rubro en el que opera la empresa emisora.
  6. Página web de la empresa, cuando corresponda.

Artículo 27.- Inexistencia de Asamblea General de Partícipes

Atendiendo a la naturaleza del Fondo, caracterizado por inversiones individuales e independientes realizadas factura por factura, no resulta aplicable la conformación de una Asamblea General de Partícipes. En consecuencia, no existirán votaciones colectivas ni acuerdos entre Partícipes. Las decisiones de administración y operación del Fondo son adoptadas por FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C. dentro del marco del presente Reglamento.

Los Partícipes ejercen sus derechos mediante la aceptación individual de las condiciones de cada inversión, el acceso permanente a la información proporcionada en la Plataforma y el ejercicio del derecho a no renovar establecido en el Artículo 30.

Artículo 28.- Comité de Vigilancia

Con la finalidad de consolidar una gestión basada en altos estándares de gobierno corporativo, supervisión y gestión integral del riesgo, se cuenta con un Comité de Vigilancia integrado por profesionales de reconocida trayectoria en microfinanzas, talento humano, estrategia financiera, auditoría y compliance.

El Comité de Vigilancia tiene un rol informativo y de seguimiento, sin funciones de administración, gestión ni representación legal del Fondo. Sus principales atribuciones son:

  1. Recibir reportes periódicos sobre la situación general del Fondo y las inversiones administradas.
  2. Conocer información relevante sobre la evolución de las inversiones.
  3. Formular observaciones y/o recomendaciones de carácter vinculante.

La conformación, funcionamiento y periodicidad de los reportes al Comité serán determinados por FIMAKI GESTORA DE FONDOS PRIVADOS S.A.C. La existencia del Comité de Vigilancia no traslada ni limita la responsabilidad de la administración del Fondo, la cual se mantiene exclusivamente a cargo de la Gestora.

Artículo 29.- Modificaciones al Reglamento

FIMAKI podrá modificar el presente Reglamento en cualquier momento, a su exclusivo criterio o cuando la normativa aplicable lo requiera.

Las modificaciones al Reglamento aplicarán únicamente a las inversiones realizadas con posterioridad a su entrada en vigencia.

Artículo 30.- Derecho a No Renovar (Separación)

Si el Partícipe no estuviera de acuerdo con una modificación al presente Reglamento, podrá ejercer su derecho a no renovar, absteniéndose de realizar nuevas inversiones a partir de la entrada en vigencia de la modificación.

El ejercicio de este derecho no implica la recuperación anticipada del capital ya invertido. Las inversiones vigentes continuarán hasta su vencimiento natural conforme a las condiciones originalmente pactadas.

Artículo 31.- Liquidación del Fondo

El Fondo podrá ser liquidado por decisión de FIMAKI, sin afectar las inversiones vigentes, las cuales continuarán hasta su vencimiento. El proceso de liquidación se regirá por lo establecido en el Artículo 3 del presente Reglamento.

Artículo 32.- Aceptación Electrónica

La realización de una inversión a través de la Plataforma FIMAKI implica la aceptación electrónica del presente documento, sin necesidad de firma manuscrita.

Artículo 33.- Uso Permitido de la Plataforma

La Plataforma FIMAKI permite al Partícipe acceder a oportunidades de inversión, visualizar información relevante y gestionar sus inversiones. El Partícipe es responsable de las decisiones de inversión que adopte en base a la información disponible en la Plataforma.

El Partícipe se compromete a:

  1. Utilizar la Plataforma únicamente para los fines legítimos establecidos en el presente Reglamento.
  2. No compartir sus credenciales de acceso con terceros. El Partícipe será responsable de todas las operaciones realizadas con sus credenciales, salvo que notifique a FIMAKI de manera inmediata sobre un acceso no autorizado.
  3. No realizar acciones que afecten la seguridad, integridad o disponibilidad de la Plataforma.
  4. No suministrar información falsa o engañosa en ningún momento.

El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones facultará a FIMAKI a suspender o cancelar el acceso del Partícipe a la Plataforma conforme al Artículo 21.

Artículo 34.- Disponibilidad de la Plataforma

El servicio prestado a través de la Plataforma FIMAKI se soporta en infraestructura tecnológica propia y de terceros, así como en servicios de conectividad, procesamiento, almacenamiento, seguridad y demás componentes necesarios para su funcionamiento. En ese contexto, la disponibilidad de la Plataforma puede verse afectada ocasionalmente por mantenimiento, actualizaciones, incidencias técnicas, fallas de conectividad, indisponibilidad de proveedores u otras situaciones inherentes a la operatividad tecnológica.

La ocurrencia de interrupciones, demoras, errores o periodos de indisponibilidad razonables y acordes con la naturaleza del servicio no constituirá, por sí sola, un incumplimiento imputable a FIMAKI. En consecuencia, FIMAKI no garantiza que la Plataforma opere de manera ininterrumpida o completamente libre de errores y no será responsable por los perjuicios derivados de dichas incidencias, salvo en caso de dolo o negligencia grave imputable a FIMAKI.

Artículo 35.- Validez de los Registros Digitales

Los registros electrónicos de la Plataforma FIMAKI constituyen prueba válida y suficiente de las operaciones realizadas por el Partícipe. En caso de discrepancia entre los registros del Partícipe y los de la Plataforma, prevalecerán los registros de FIMAKI, salvo prueba en contrario. El Partícipe podrá impugnar una discrepancia mediante los canales de atención descritos en el Artículo 37 en el plazo máximo de diez (10) días hábiles desde que tomó conocimiento de la misma.

Artículo 36.- Protección de Datos Personales

El tratamiento de los datos personales de los Partícipes se rige por la Política de Privacidad de FIMAKI, disponible en www.fimaki.com.pe, de conformidad con la Ley N.° 29733 (Ley de Protección de Datos Personales) y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 016-2024-JUS.

El tratamiento comprende las finalidades necesarias para la ejecución de la relación contractual, el cumplimiento de obligaciones legales y regulatorias y aquellas autorizadas por el titular de los datos.

El Partícipe tiene derecho a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad (derechos ARCOP) conforme a lo establecido en la Política de Privacidad y la normativa aplicable.

Artículo 37.- Canales de Atención

FIMAKI pone a disposición de los Partícipes los siguientes canales de atención:

Artículo 38.- Notificaciones

Toda comunicación o notificación de FIMAKI al Partícipe se realizará al correo electrónico registrado por el Partícipe en la Plataforma. Las notificaciones se entenderán recibidas en la fecha de su envío al correo electrónico indicado. El Partícipe es responsable de mantener actualizado su correo electrónico en la Plataforma. FIMAKI no será responsable por la falta de recepción de notificaciones derivada del incumplimiento de esta obligación por parte del Partícipe.

Artículo 39.- Nulidad Parcial

La nulidad o inaplicabilidad de cualquier cláusula del presente Reglamento no afectará la validez y eficacia de las demás disposiciones, las cuales continuarán plenamente vigentes.

Artículo 40.- Aceptación Final

La realización de una inversión en la Plataforma FIMAKI implica la aceptación total e irrevocable del presente Reglamento y Términos y Condiciones, así como de sus futuras modificaciones conforme a lo establecido en el Artículo 29. Esta aceptación tiene plena validez jurídica como manifestación de voluntad electrónica conforme a los artículos 141 y 141-A del Código Civil peruano.

Artículo 41.- Idioma

El presente documento se encuentra redactado en idioma español, el cual será el idioma aplicable para todos los efectos legales y contractuales.

Jorge Aquije

Ejecutivo senior del sector financiero y corporativo con amplia experiencia en banca, mercados de capitales, transformación financiera y estrategia. Fue CFO y Vicepresidente de Finanzas en Banco GNB Perú, con más de 20 años liderando procesos de fortalecimiento organizacional.
 
Ha ocupado cargos ejecutivos y de relación con inversionistas en TGP y MiBanco, y fue miembro del Comité de Inversiones de Protecta Seguros. Actualmente es Global Expert Advisor para GLG (NY) y participa en directorios y como advisor estratégico en diversos sectores.
 
Su trayectoria se centra en transformación financiera, estructuración de deuda y capital, y ejecución de estrategias corporativas, incluyendo crecimiento, turnaround, expansión, M&A y gobierno corporativo. Complementa su experiencia con actividad académica y formación ejecutiva en finanzas corporativas, private equity, fintech e inteligencia artificial aplicada a negocios.

Pierre Ramírez

Profesional senior en gestión del talento y recursos humanos, con trayectoria en el sector financiero y corporativo en la región andina. Actualmente ha ocupado cargos como Gerente Regional de Gestión Humana en Cumbra, con experiencia liderando equipos en Perú, Chile y Colombia.

También ha sido director en la Asociación Peruana de Recursos Humanos (APERHU) y docente en programas especializados en compensaciones en la Pacífico Business School, lo que refuerza su perfil académico y estratégico.

En su enfoque profesional, suele destacar la importancia de construir organizaciones basadas en la confianza, la meritocracia y la transparencia, vinculando estos elementos con mejores resultados y compromiso del talento.

Jesús Ferreyra

Ejecutivo con más de 40 años de trayectoria en el sector de las microfinanzas, liderando procesos de innovación, expansión y transformación en instituciones financieras de alcance local e internacional. Su experiencia ha sido especialmente relevante en el Grupo ACP y Mibanco, donde contribuyó al fortalecimiento del modelo de inclusión financiera en el Perú.

Papel fundamental en Compartamos Financiera (hoy Compartamos Banco, del Grupo Gentera), donde lideró la consolidación y crecimiento de la operación en el país, logrando posicionarla como una de las entidades de mayor alcance en el sector.

Cargos de alta dirección en instituciones de gran prestigio como BancoSol (Bolivia), Financiera El Comercio (Paraguay), Banco Forjadores (México), y actualmente se desempeña como Director en Banco Integral (El Salvador).